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RA_0246_2024 Regensa
CAPÍTULO 4.1
SISTEMA NACIONAL DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA (SINAVE)
Artículo 4.1.1 Definición y objetivo.
El SINAVE es el conjunto de acciones y estrategias oficiales establecidas por el SENASAG que permiten la producción de información epidemiológica útil para la defensa sanitaria.
El objetivo de este sistema es detectar, notificar y comunicar precozmente, la aparición o introducción de enfermedades, infecciones o infestaciones de los animales ante la autoridad competente en sanidad animal - el SENASAG -
Este sistema integra datos provenientes de todo el país obtenidos por diferentes métodos de vigilancia para una detección precoz de las enfermedades de los animales terrestres y acuáticos (incluidos los silvestres) para aplicar una respuesta inmediata para el control del evento sanitario.
Artículo 4.1.2 Estructura del SINAVE.
El SINAVE establece una estructura organizativa que funcionalmente se desglosa en componentes en los cuales se desarrollan procedimientos/actividades concretas de vigilancia. La evaluación y estimación de sensibilidad y especificidad del sistema en su conjunto deberán incluir el aporte de cada componente.
a. Componente de trazabilidad con acciones de vigilancia en los procesos de registro de establecimientos, productores, poblaciones animales, emisión de guías de movimiento, inspección en puestos de control, inspección en mataderos.
b. Componente de cuarentena animal, con acciones de vigilancia durante los procesos de importación de animales, productos y subproductos.
c. Componente de buenas prácticas sanitarias con acciones de vigilancia durante vacunaciones oficiales, monitoreo sanitario, encuestas serológicas e inspecciones de rutina.
d. Componente de notificación de enfermedades animales terrestres y acuáticas (incluyendo silvestres).
e. Componente de programas sanitarios oficiales. Acciones de vigilancia especifica de los programas sanitarios oficiales tales como: Fiebre aftosa, brucelosis, tuberculosis, EEB, rabia de los herbívoros, PPC, influenza aviar, Newcastle y Salmonelosis aviar.
f. Componente – Diagnóstico mediante laboratorio.
g. Componente de la salud pública veterinaria con programas sanitarios de zoonosis, Inspección ante y post-mortem.
Artículo 4.1.3 Principios del SINAVE.
Metodología analítica. Toda notificación atendida por el SINAVE debe estar íntegramente documentada. Los procedimientos de vigilancia deberán cumplir con lo establecido por el Código Sanitario para los animales terrestres y acuáticos referente a la vigilancia general y específica.
Garantía de calidad. Verificación y seguimiento de todos los procedimientos y actores del sistema con el fin de establecer el grado de funcionamiento y calidad de información producida.
Recopilación y gestión de los datos. Existencia de un proceso de gestión de datos eficiente, con notada confianza y oportuna notificación de los episodios.
Validación. Aceptación previo análisis de los datos epidemiológicos de manera meticulosa, identificando probables sesgos que puedan conducir a la sobreestimación o subestimación de los parámetros bajo estudio.
Responsabilidad. Generación de datos científicamente verificables y que contribuyan a una vigilancia estructurada al nivel nacional, fundamentalmente en las instancias de registro y notificación.
Factor de Integración. Capacidad de generar vigilancia epidemiológica veterinaria interrelacionando actividades en sanidad animal y salud pública, incluyendo los animales silvestres. Los Médicos Veterinarios privados y veterinarios acreditados por el SENASAG conforman parte del SINAVE y están relacionados por reglamentación específica al registro de establecimientos veterinarios o acreditación.
Artículo 4.1.4 Métodos de vigilancia del SINAVE.
El SINAVE utiliza datos de fuentes combinadas de la vigilancia. A continuación, se describen las diferentes formas de vigilancia aplicadas por el SENASAG para enfermedades de notificación obligatoria y bajo control oficial de modo que la planificación anual de la vigilancia contemplará en sus estrategias los siguientes métodos.
- Subsistema para la notificación de enfermedades.
Este sub-sistema de vigilancia basa su método en la notificación a la autoridad veterinaria de los eventos relacionados con la sanidad animal utilizando de forma combinada diferentes mecanismos de vigilancia enunciados en este apartado.
La sensibilidad de este sub-sistema radica en la concienciación de lo “notificable” en los actores de la red de vigilancia epidemiológica. Sin este factor, la oportunidad y precocidad para una respuesta de contención y control inmediata puede ser comprometida.
El SINAVE y programas sanitarios establecen la definición de casos de las enfermedades notificables y ambos deben gestionan el diagnostico laboratorial para la confirmación de los casos clínicos sospechosos mismos que deben basarse en pruebas de alta especificidad como se describe en el Manual Terrestre de la OMSA.
El alcance de este subsistema determina que la notificación de las enfermedades fuera de la competencia del SENASAG, por ejemplo, en los casos humanos de enfermedades zoonóticas o infecciones o infestaciones en la fauna silvestre, se establecerán mecanismos eficaces de comunicación e intercambio de datos entre la autoridad veterinaria y otras autoridades pertinentes para la toma de decisiones.
Los métodos de vigilancia participativos son priorizados muy útiles para recoger datos epidemiológicos que puedan reforzar los sistemas de notificación de enfermedades.
- Red de vigilancia epidemiológica.
Se establece la red de vigilancia epidemiológica nacional para la recolección sistemática de datos de las enfermedades de animales terrestres y acuáticos definiendo la interconexión entre actores de cada componente del SINAVE.
Los datos recogidos por la red de vigilancia epidemiológica obedecen al siguiente flujo:
Productores o Sensores → Unidades Informativas → Servicio Veterinario Oficial Local → Área Departamental de Epidemiología Veterinaria → Área Nacional de Epidemiología Veterinaria → Unidad Nacional de Sanidad Animal del SENASAG → Organismos Internacionales.
Los propietarios de animales domésticos y productores son las personas más importantes del SINAVE, porque a partir de ellos se debe generar la información de la ocurrencia de enfermedades animales domésticos. En términos de detección precoz de una enfermedad, una oportuna comunicación por parte del productor representa a los servicios veterinarios un factor determinante para la toma de decisiones y una respuesta temprana para el control del evento. Como componentes de la red de vigilancia los propietarios de los semovientes deben:
- Notificar ante el servicio veterinario oficial más cercano, la ocurrencia de enfermedades en sus animales;
- participar activamente de los programas sanitarios establecidos por la autoridad veterinaria oficial, fundamentalmente en los procesos de educación sanitaria
- concientizar a sus administradores/capataces la importancia de comunicar inmediatamente la ocurrencia de enfermedades a la autoridad veterinaria oficial más próxima.
La Unidad Informativa (UI), es la instancia encargada del registro formal de un evento sanitario reportado por un productor o SE. A nivel departamental, la red de UIs estará conformada por veterinarios de las estructuras veterinarias departamentales, veterinarios acreditados por el SENASAG, veterinarios de práctica privada. Su vínculo a la red de vigilancia será por defecto para los acreditados o por compromiso formal con la autoridad veterinaria mediante uso de formulario especifico. Como actores de la red de vigilancia, las UIs deben:
- Reportar inmediatamente al SENASAG la sospecha de enfermedades de notificación obligatoria;
- Informar semanalmente los eventos de importancia sanitaria reportados por red de sensores o el silencio epidemiológico de enfermedades reportables;
- aplicar medidas sanitarias cuarentenales ante casos probables de enfermedades de notificación obligatoria hasta la intervención de la autoridad veterinari
El Sensor Epidemiológico (SE) es la persona natural o jurídica que debe cumplir el papel de notificante ante la ocurrencia de enfermedades animales a una UI o directamente al servicio veterinario local oficial haciendo uso de telefonía (celular, fija), radio frecuencia, aplicación informática, línea gratuita entre otros. Su vínculo a la red de vigilancia es mediante compromiso formal con una Unidad Informativa. La responsabilidad de los SE son:
- Informar toda sospecha de enfermedad de los animales terrestres o acuáticos (domésticos o silvestres);
- Participar en los programas sanitarios establecidos por la autoridad sanitaria, fundamentalmente en los procesos de capacitación y educación sanitaria;
- Mantener contacto directo con la red de vigilancia y su entorno productivo y;
- Cooperar en la investigación de enfermedades que ocurran en su zona.
El Servicio Veterinario Local del SENASAG, junto a los SVD son los encargados de atender los reportes de enfermedades registrados por las unidades informativas de manera inmediata aplicando procedimientos establecidos en el Manual del SINAVE, de corresponder, proseguirá con los planes de contingencia específicos aprobados para la atención de emergencias de enfermedades o poner en práctica las directrices establecidas por el Reglamento del Sistema Nacional de Emergencia Zoosanitaria.
El SVL del SENASAG informará eventos sanitarios a la autoridad en salud pública al nivel local a fin de activar los procedimientos respectivos por la autoridad competente.
- Encuestas y muestreos
Este método de vigilancia es aplicable para la estimación de prevalencias y demostración de ausencia de enfermedades de los animales.
Los diseños serán definidos en conjunto con los programas de control oficial de acuerdo a sus objetivos y planificación estratégica de modo que la información resultante responda a una estrategia de muestreo.
En las encuestas realizadas para demostrar la presencia o la ausencia de una infección o infestación, se deberá calcular el tamaño de la muestra misma que dependerá del tamaño de la población, del diseño de la encuesta, de la prevalencia esperada, del posible conglomerado, del nivel de confianza deseado en los resultados de la encuesta y de la validez de las pruebas laboratoriales utilizadas.
- Inspección ante y post mortem
Los datos de la inspección ante y post mortem son levantados por veterinarios oficiales, del SENASAG y acreditados. El SINAVE considera los siguientes aspectos que influyen en la sensibilidad de este método, a saber:
- los signos clínicos y anatomopatológicos; la formación, experiencia y número de las personas encargadas de la inspección;
- el grado de participación de la autoridad competente en la supervisión de las inspecciones ante mortem y post mortem, incluyendo los sistemas de declaración;
- la independencia del personal responsable de las inspecciones.
Los datos son registrados en formularios desarrollados a partir del proceso de inspección y luego son gestionados por el módulo de vigilancia en mataderos parte del Sistema Gran Paititi.
- Vigilancia clínica
Se trata de los datos resultado de observaciones clínicas de los animales aplicadas por los servicios veterinarios – públicos/privados – y que pueden resultar en reportes de sospechas de enfermedades notificables ante el SENASAG. Se incluye en este punto los datos de inspecciones oficiales realizadas en terreno durante la inspección oficial en establecimientos o eventos pecuarios, procesos cuarentenales.
- Vigilancia sindrómica
Este método será planificado junto al sector privado de rubros productivos y gestionado en los planes de vigilancia a fin de poder realizar un análisis sistemático de los datos sanitarios, incluyendo la tasa de morbilidad y la tasa de mortalidad, de los datos de producción y de otros parámetros puede generar indicadores de cambios en la aparición de la infección o infestación.
- Vigilancia de unidades centinela
La vigilancia de las unidades centinela implica identificar y someter a pruebas con regularidad a uno o varios animales cuyo estado de salud o de inmunidad se conoce en un lugar geográfico específico, a fin de detectar la ocurrencia de una infección o infestación. Las unidades centinela ofrecen la oportunidad de orientar la vigilancia en función del riesgo de introducción o reemergencia, de la probabilidad de infección o infestación, del coste de su utilización y de otras limitaciones prácticas. Las unidades centinela pueden ayudar a demostrar la ausencia o la distribución de la enfermedad, infección o infestación. En todos los casos, los programas sanitarios y el área nacional de epidemiología veterinaria ANEV determinarán la implementación de este método.
- Métodos basados en el riesgo
Los métodos de vigilancia enunciados anteriormente aplicados en subpoblaciones seleccionadas en las que sea más probable que se introduzca o encuentre una infección o infestación, o en las que haya más probabilidades de que se propague o que produzca otras consecuencias, pueden contribuir a la detección precoz, a demostrar la ausencia de infección o infestación, implementar acciones de control de las enfermedades y estimar la prevalencia y son útiles para optimizar el uso de los recursos de vigilancia.
- Vigilancia epidemiológica participativa
El rol de las técnicas participativas en vigilancia epidemiológica es primariamente para asegurar que el sistema de vigilancia sea sensitivo y oportuno, e investigue y detecte un alto porcentaje de eventos significativos en el campo. En el caso de la erradicación de enfermedades la epidemiología participativa puede ser usada como una herramienta sensitiva para confirmar la ausencia de enfermedades clínicas. Los métodos participativos son construidos sobre el conocimiento local existente de la gente, que les permitirá, el uso de su propia sabiduría y prácticas para la vigilancia de enfermedades y su control.
Artículo 4.1.5 Protocolos para atención de sospecha.
Para los animales terrestres y acuáticos, se considera los procesos convencionales de atención de una sospecha a partir de un reporte por parte del productor o sensor epidemiológico, a saber:
- Registro de la notificación
- Visita al establecimiento afectado
- Relevamiento de información del evento sanitario
- Tomar y remisión de muestras
- Seguimiento del evento sanitario
- Cierre del evento.
Este proceso es ajustado y presentado como protocolos de atención de sospechas de enfermedades de notificación obligatoria por especie animal o síndrome clínico asociado.
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PROTOCOLOS DE ATENCIÓN DE SOSPECHAS
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Según Síndrome clínico asociado
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Según especie animal
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Otros
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Vesicular
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Enfermedades aviares
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Resistencia a los antimicrobianos RAM
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Nervioso
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Enfermedades de las abejas
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Rojo del Cerdo
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Enfermedades especies acuáticas
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Enfermedades de los conejos y cuyes
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Otras enfermedades
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Programas oficiales de vigilancia, de prevención o de control de enfermedades animales terrestres y acuáticos, sean estos de ámbito nacional o departamental y que cuenten con procedimientos de atención de sospechas, contingencias y emergencias, deben claramente establecer la definición de casos y contemplar procedimientos vinculados al SINAVE en lo que respecta al reporte inmediato, registro de denuncia y atención de la sospecha. Las enfermedades de notificación obligatoria, que requieran medidas de control de contingencia y no se encuentran bajo un programa sanitario oficial, deberán regirse estrictamente a las directrices del presente capítulo del REGENSA y del Sistema nacional de emergencia zoosanitaria debiendo contar con definición de casos, medidas de control y/o prevención, aprobadas por el SENASAG mediante fichas técnicas de cada enfermedad.
La vigilancia general de enfermedades en la fauna silvestre, se basará en las oportunidades de observación e investigación coordinada con la autoridad competente en biodiversidad, por lo que se considera fundamental la formación y capacitación continua de la red sensorial e informativa específica para estas especies.
Artículo 4.1.6 Definición de casos.
Las definiciones de caso buscan establecer criterios uniformes para la identificación y reporte de enfermedades. Para los fines del presente reglamento, los casos notificados al SENASAG o al SVD que presenten síntomas clínicos compatibles con una enfermedad específica se considerarán sospechosos. Posteriormente, estos casos se clasificarán como probables tras la verificación por parte del SENASAG en el establecimiento afectado o mediante resultados de pruebas de tamizaje en laboratorio. Finalmente, los casos probables que cuenten con resultados confirmatorios de un laboratorio oficial serán considerados casos confirmados.
Artículo 4.1.7 La red de laboratorios de diagnóstico de enfermedades de los animales.
Todo laboratorio habilitado por el SENASAG que cuente con pruebas habilitadas para el diagnóstico de enfermedades bajo control oficial y los resultados emitidos son considerados oficiales; debiendo aplicar las medidas sanitarias definidas por el programa de prevención y control respectivo incluyendo la notificación inmediata a la Unidad nacional de laboratorios UNALAB del SENASAG para la realización de pruebas confirmatorias como parte de la investigación epidemiológica oficial, cuando corresponda.
Los laboratorios de diagnóstico veterinario no habilitados por el SENASAG, deberán remitir semanalmente resultados de los análisis que realizan especificando la prueba, reactivos y técnica utilizada para enfermedades de notificación obligatoria.
Artículo 4.1.8 Flujo de información entre el sistema cuarentenario animal y el ANEV.
Los procesos cuarentenales e inspección fronteriza de animales y/o productos y subproductos de los mismos serán coordinados entre el área nacional de cuarentena y el área nacional de vigilancia epidemiológica del SENASAG.
Artículo 4.1.9 Flujo de información para la inspección ante/post mortem.
Datos levantados en procesos de inspección ante y post-mortem en mataderos y frigoríficos, serán ingresados por las unidades informativas o por veterinarios Oficiales al Sistema Informático Gran Paitití. Estos datos serán analizados por las Áreas Nacionales de Vigilancia Epidemiológica, el Área Nacional de Salud Pública Veterinaria ((Unidad Nacional de Sanidad Animal) y el Área de Vigilancia (Unidad Nacional de Inocuidad de los Alimentos) para la toma de decisiones y retroalimentación.
Artículo 4.1.10 Subredes de la vigilancia epidemiológica.
El SINAVE considera la incorporación de redes de vigilancia específica para animales terrestres y acuáticos, incluidas especies silvestres. Los programas o áreas técnicas responsables del control de enfermedades de especies o enfermedades animales, gestionarán la estructuración de redes de vigilancia especifica en el marco de los consejos sanitarios del rubro. En este sentido, estas redes de vigilancia pueden, en base a los principios del SINAVE, estar dirigidas a enfermedades de cerdos, aves, équidos, abejas, conejos, cuyes involucrando a los productores, unidades informativas (SVD, Veterinarios acreditados, laboratorios) y sus sensores registrados (galponeros, comunarios, capataces, guarda parques).
La vigilancia de enfermedades zoonóticas y que involucren la fauna silvestre, deberán considerar los lineamientos establecidos por el sistema nacional de salud pública veterinaria en el marco del concepto UNA SALUD y la pertinente coordinación con autoridades competentes cuando corresponda al nivel local, departamental y central.
Las UI y SE de la sub-red de vigilancia para las especies acuáticas son descritas en el Capítulo respectivo a la sanidad de especies acuáticas.
Artículo 4.1.11 Enfermedades de notificación obligatoria.
Las enfermedades de los animales de notificación obligatoria, son todas aquellas inscritas por la autoridad competente y cuya sospecha debe ser comunicada de manera inmediata al SENASAG. Estas enfermedades son todas aquellas enfermedades inscritas por la autoridad veterinaria (endémicas, zoonóticas, emergentes, exótica o transfronterizas), que, por su carácter de rápida difusión, por su capacidad de propagación internacional (transfronterizas), por su implicancia en la salud pública veterinaria (zoonosis) o el impacto socio-económico, son priorizadas y se requiere tomar medidas inmediatas para su contención. Las enfermedades de los animales domésticos y salvajes reportadas a la OMSA, en la condición “nunca señaladas” por Bolivia o consideradas exóticas para la Comunidad Andina de Naciones, están incluidas en esta lista.
Enfermedad/infecciones comunes a varias especies presente en el país.
- Carbunco bacteridiano
- Carbunco sintomático
- Cowdriosis
- Encefalitis japonesa
- Encefalomielitis equina (del Este)
- Fiebre del Nilo Occidental
- Fiebre hemorrágica de Crimea-Congo
- Fiebre Q
- Infección por Brucella ( abortus, B. melitensis y B. suis)
- Infección por Echinococcus granulosus
- Infección por Echinococcus multilocularis
- Infección por el complejo Mycobacterium tuberculosis
- Infección por el virus de la enfermedad de Aujeszky
- Infección por el virus de la enfermedad hemorrágica epizoótica
- Infección por el virus de la fiebre aftosa
- Infección por el virus de la fiebre del Valle del Rift
- Infección por el virus de la lengua azul
- Infección por el virus de la peste bovina
- Infección por el virus de la rabia
- Infección por Leishmania spp.
- Infección por Trichinella spp.
- Infección por Trypanosoma brucei, Trupanosoma congolenes, Trypanosoma simiae, y Trypanosoma vivax
- Miasis por Chrysomya bezziana
- Miasis por Cochliomyia hominivorax
- Paratuberculosis
- Surra (Trypanosoma evansi)
- Tularemia
- Sarcocystiosis
Abejas
- Infección de las abejas melíferas por Paenibacillus larvae (Loque americana)
- Infección de las abejas melíferas por Melissococcus plutonius (Loque europea)
- Infestación de las abejas melíferas por Acarapis woodi
- Infestación de las abejas melíferas por Tropilaelaps spp
- Infestación de las abejas melíferas por Varroa spp. (Varrosis)
- Infestación por Aethina tumida(Escarabajo de las colmenas)
Aves
- Bronquitis infecciosa aviar
- Bursitis infecciosa (Enfermedad de Gumboro)
- Clamidiosis aviar
- Hepatitis viral del pato
- Infección por el virus de la enfermedad de Newcastle
- Infección por los virus de influenza aviar de alta patogenicidad
- Infección por Mycoplasma gallisepticum (Micoplasmosis aviar)
- Infección por Mycoplasma synoviae (Micoplasmosis aviar)
- Infección en las aves por los virus de influenza de tipo A de alta patogenicidad (aves que no son de corral, incluyendo las aves silvestres, aves domésticas o en las aves silvestres cautivas)
- Laringotraqueítis infecciosa aviar
- Pulorosis
- Rinotraqueítis del pavo
- Tifosis aviar
Bóvidos.
- Anaplasmosis bovina
- Babesiosis bovina
- Campilobacteriosis genital bovina
- Diarrea viral bovina
- Encefalopatía espongiforme bovina
- Infección por el virus de la dermatosis nodular contagiosa
- Infección por Mycoplasmamycoides mycoides (Perineumonía contagiosa bovina)
- Leucosis bovina enzoótica.
- Rinotraqueítis infecciosa bovina/ Vulvovaginitis pustular infecciosa.
- Septicemia hemorrágica
- Infección por Theileria annulata, Theileria orientalis y Theileria parva
- Tricomonosis
Équidos.
- Anemia infecciosa equina.
- Durina
- Encefalomielitis equina (del Oeste)
- Encefalomielitis equina venezolana
- Infección por Burkholderia mallei (Muermo)
- Infección por el herpesvirus equino 1 (Rinoneumonitis equina)
- Infección por el virus de la arteritis equina
- Infección por el virus de la gripe equina
- Infección por el virus de la peste equina
- Metritis contagiosa equina
- Piroplasmosis equina.
Caprinos/ovinos.
- Agalaxia contagiosa
- Artritis/encefalitis caprina
- Enfermedad de Nairobi
- Epididimitis ovina (Brucella ovis)
- Infección por Chlamydia abortus (Aborto enzoótico de las ovejas o clamidiosis ovina)
- Infección por el virus de la peste de pequeños rumiantes
- Infection por Theileria lestoquardi, Theileria luwenshuni y Theileria uilenbergi
- Maedi-visna
- Pleuroneumonía contagiosa caprina
- Prurigo lumbar
- Salmonelosis (abortusovis)
- Viruela ovina y viruela caprina
Suidos
- Encefalitis por virus Nipah
- Gastroenteritis transmisible
- Infección por el virus de la peste porcina africana
- Infección por el virus de la peste porcina clásica
- Infección por el virus del síndrome disgenésico y respiratorio porcino.
- Infección por Taenia solium (Cisticercosis porcina)
Camélidos.
- Enterotoxemia en los camélidos.
- Fiebre de las alpacas.
Lepóridos.
- Enfermedad hemorrágica del conejo
- Mixomatosis
Peces
- Infección por Aphanomyces invadans (Síndrome ulcerante epizoótico)
- Infección por el alfavirus de los salmónidos
- Infección por el herpesvirosis de la carpa koi
- Infección por el iridovirosis de la dorada japonesa
- Infección por el virus de la necrosis hematopoyética epizoótica
- Infección por el virus de la necrosis hematopoyética infecciosa
- Infección por el virus de la septicemia hemorrágica viral
- Infección por el virus de la tilapia del lago
- Infección por el virus de la viremia primaveral de la carpa
- Infección por Gyrodactylus salaris
- Infección por las variantes con supresión en la HPR y HPR0 del virus de la anemia infecciosa del salmón
Moluscos
- Infección por Bonamia ostreae
- Infección por Bonamia exitiosa
- Infección por el herpesvirus del abalón
- Infección por Marteilia refringens
- Infección por Perkinsus marinus
- Infección por Perkinsus olseni
- Infección por Xenohaliotis californiensis
Crustaceos
- Enfermedad de la necrosis hepatopancreática aguda
- Infección por Aphanomyces astaci (plaga del cangrejo de río)
- Infección por el nodavirus Macrobrachium rosenbergii (enfermedad de la cola blanca)
- Infección por el virus de la cabeza amarilla genotipo 1
- Infección por el virus de la mionecrosis infecciosa
- Infección por el virus de la necrosis hipodérmica y hematopoyética infecciosa
- Infección por el virus del síndrome de las manchas blancas
- Infección por el virus del síndrome de Taura
- Infección por Hepatobacter penaei(hepatopancreatitis necrotizante)
- Infección por el virus iridiscente de los decápodos tipo 1
Anfibios
- Infección por Batrachochytriumdendrobatidis
- Infección por Batrachochytrium salamandrivorans
- Infección por las especies de Ranavirus
Artículo 4.1.12 Del diagnóstico.
En el marco de la vigilancia de las enfermedades de notificación obligatoria y programas sanitarios oficiales, el costo del procesamiento de pruebas de diagnóstico resultado de la atención de sospechas y/o mortalidad de enfermedades serán cubiertos por el SENASAG. Por tanto, la Unidad Nacional de Sanidad Animal y la Unidad Nacional de Laboratorio realizarán las gestiones necesarias en la planificación para la dotación de reactivos e insumos necesarios. Sin embargo, el análisis de laboratorio para la vigilancia y monitoreo de enfermedades animales de lotes, rebaños o establecimientos pecuarios en el proceso de certificación zoosanitaria de importaciones, exportaciones, liberación de hatos y compartimentos deberán ser cubiertos por el productor.