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CAPÍTULO 7.6

COMPARTIMENTOS LIBRES DE PESTE PORCINA CLÁSICA - PPC.

Las disposiciones establecidas en el presente capítulo serán aplicables a todas las personas naturales o jurídicas que deseen certificar su explotación de producción porcina como compartimentos libres de Peste Porcina Clásica (PPC).

Artículo 7.6.1 Requisitos para la certificación de compartimento libre de PPC.

  1. Solicitud escrita dirigida al jefe departamental del SENASAG de la jurisdicción correspondiente con la siguiente información:
    1. Nombre completo, correo electrónico, número telefónico y dirección.
    2. Ubicación del/los establecimientos porcícolas involucrados en el compartimento.
    3. Tipo de explotación.
    4. Número de registro sanitario expedido por el SENASAG de los establecimientos porcícolas involucrados en el compartimento.
  2. Acuerdo sanitario de consentimiento firmado por el propietario, veterinario acreditado y SENASAG.
  3. Programa de vigilancia y flujo de movimientos de animales, vehículos y personas dentro de los establecimientos.
  4. Plan de bioseguridad contar como mínimo lo siguiente:
    1. Descripción de las posibles vías de introducción y difusión de la peste porcina clásica.
    2. Definición de los puntos críticos de control de cada vía de transmisión de la enfermedad.
    3. Descripción de las medidas para reducir la exposición a la enfermedad en cada punto crítico de control.
    4. Procedimientos de funcionamiento de los puntos críticos que contengan: aplicación, mantenimiento y seguimiento continuo, medidas correctivas, verificación del proceso y mantenimiento del registro.
  5. Presentación de informe histórico de ocurrencia de enfermedades que incluya, diagnóstico de laboratorio y medidas de control aplicado en los 2 últimos años en el compartimento.
  6. Contar con el servicio de diagnóstico, en laboratorios con carácter de oficiales para cada enfermedad definida en el compartimento.
  7. Contar con un sistema de vigilancia para la detección precoz y control de las enfermedades definidas en el compartimento.
  8. Programa de formación y capacitación del personal para que todas las personas implicadas conozcan y estén informados de los principios y métodos de bioseguridad.
  9. Manuales de procedimientos para:
    1. Limpieza y desinfección de vehículos que ingresen al predio.
    2. Limpieza y desinfección de instalaciones, de equipos donde se especifique entre otros el método de limpieza, agentes desinfectantes, periodos y frecuencia de aplicación, responsable de la actividad.
    3. Plan de desechos para residuos.
    4. Plan sanitario.
    5. Detección y notificación al SENASAG sobre cuadros clínicos porcinos compatibles con PPC.
    6. Plan de emergencia en caso de que se produzca un cambio sanitario en el compartimento.
  10. Contar con un sistema de autocontrol, adoptado por el establecimiento para garantizar la mantención de los requisitos del compartimento.
  11. Identificar y documentar las zonas adyacentes al predio que representen un riesgo sanitario como: plantas de beneficio, plantas de balanceado, predio de traspatio, relleno sanitario y otras explotaciones pecuarias, así como mantener la vigilancia epidemiológica con fin de evitar la introducción del agente patógeno y de garantizar la detección precoz de enfermedades.

Artículo 7.6.2 Habilitación y Certificación de compartimento libre de PPC.

El proceso de habilitación y certificación de compartimentos seguirán procedimientos específicos establecidos por el SENASAG.

 

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